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Constitución Artículo 139 Provincia de La Rioja


Constitución La Rioja
Artículo 139. Competencia

El Tribunal Superior ejerce competencia originaria y exclusiva:

1. En las demandas que se promuevan directamente por vía de acción por inconstitucionalidad de leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos.

2. En los conflictos de competencia entre las funciones del Estado Provincial, entre estas y las municipalidades o de las municipalidades entre sí y los que se susciten entre las Cámaras o jueces o entre uno de estos o cualquier autoridad ejecutiva, con motivo de sus respectivas jurisdicciones.

3. En las causas contencioso-administrativas, previa denegación de autoridad competente al reconocimiento de los derechos que se gestionen por parte interesada. La ley establecerá término y procedimiento para este recurso, y también podrá según la oportunidad y conveniencia futuras, crear un fuero contencioso-administrativo al cual le trasladará esta competencia.

Ejerce jurisdicción recurrida como tribunal de casación, inconstitucionalidad, revisión y demás casos que establezca la ley.

Conoce de las resoluciones que produzca el Tribunal de Cuentas según la forma y procedimiento que determine la ley.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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