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Código Tributario Artículo 22 Provincia de San Luis


Código Tributario San Luis
Artículo 22. ENUMERACION

Son contribuyentes en tanto se verifique a su respecto el hecho generador de la obligación tributaria previsto en este Código o leyes tributarias especiales, los siguientes sujetos:

1) Las personas de existencia visible, capaces o incapaces según el derecho privado;

2) Las sucesiones indivisas, en aquellos casos en que las normas tributarias las consideren como sujetos para la atribución del hecho imponible;

3) Las personas de existencia ideal de carácter público o privado, las sociedades de hecho, y las simples asociaciones civiles o religiosas que revistan la calidad de sujeto de derecho;

4) Las entidades que no posean la calidad prevista en el Apartado 3) anterior; los patrimonios destinados a un fin determinado; las Uniones Transitorias de Empresas; y las Agrupaciones de Colaboración Empresaria. Las UTE y las ACE, regidas por la Ley Nacional N. 19.550 y sus modificatorias, así como las sociedades irregulares o no constituidas regularmente, deberán inscribirse a nombre de todos sus integrantes;

5) Las reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas del Estado Nacional, Provincial o Municipal, así como las empresas estatales o mixtas.



Provincia de San Luis Artículo 22 Código Tributario
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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