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Código Procesal Penal Artículo 30 Provincia de Santa Fe


Código Procesal Penal Santa Fe
Artículo 30. Cuestiones previas penales

Cuando la solución de un proceso penal dependiera de otro proceso penal y no correspondiera la acumulación de ambos, el ejercicio de la acción se suspenderá en el primero, cumplida la etapa de Investigación Penal Preparatoria, hasta que en el segundo se dicte sentencia firme.



Provincia de Santa Fe Artículo 30 Código Procesal Penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?



El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas




buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



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