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Código Procesal Penal Artículo 53 Provincia de San Luis


Código Procesal Penal San Luis
Artículo 53.

Vencido el término señalado por el Art. 51 inc. 1, si el Juez no hubiere fallado la causa el Secretario pondrá en los autos, dentro del tercero día, la nota respectiva y el Juez en igual término contados desde esta última diligencia elevará el expediente y un informe a la Cámara.

Cualquiera de ellos o ambos que faltaren a esa obligación, será castigado con una multa cuyo monto será el que por acordada fije el Superior Tribunal de Justicia.

El Tribunal Superior fijara el plazo dentro del cual debe terminarse la causa por el mismo Magistrado y aplicará las sanciones que correspondan.



Provincia de San Luis Artículo 53 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...596
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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