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Código Procesal Penal Artículo 509 Provincia de Mendoza


Código Procesal Penal Mendoza
Artículo 509. Incidente de ejecución

Los incidentes de ejecución podrán ser planteados por el interesado o el defensor o por el ministerio público y serán resueltos, previa vista a la contraria, en el término de cinco días. Se proveerá a la defensa técnica del condenado conforme al artículo 121. Contra el auto que resuelva el incidente procederá el recurso de apelación, salvo en los supuestos previstos en los artículos 525 y 527, el que no suspenderá el trámite de la ejecución a menos que así lo disponga el juez.



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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.



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