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Código Procesal Penal Artículo 156 Provincia de Mendoza


Código Procesal Penal Mendoza
Artículo 156. Firma

Las sentencias por juicio común deberán ser suscriptas o firmadas digital o electrónicamente por el Juez o los miembros del tribunal que actuaren, con la salvedad prevista por el inc. 5 del Artículo 411. Las sentencias de sobreseimiento, juicio abreviado y los autos, por el Juez o la mayoría que resuelve.

Los decretos fundados, por el Juez o Presidente del Tribunal. Los decretos de mero trámite lo serán por el Secretario, salvo que se requiera la firma del Juez. Unicamente las sentencias deberán ser firmadas también por el Secretario. La falta de firma producirá la nulidad del acto.



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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.



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