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Código Procesal Penal Artículo 240 Provincia del Chubut


Código Procesal Penal Chubut
Artículo 240. Contenido

Las costas del procedimiento consisten en:

1) la tasa de justicia o cualquier otro tributo que corresponda por la actuación judicial;

2) los gastos originados durante la tramitación del procedimiento que comprenderán, también, los gastos ocasionados para la comparecencia de testigos, peritos e intérpretes, o de cualquier otra persona que deba comparecer en el procedimiento y los gastos ocasionados por el traslado de cosas; y 3) los honorarios de los abogados, de los peritos, consultores técnicos, traductores e intérpretes.

El procedimiento abarca también la preparación de la acción pública y la ejecución de penas, medidas de seguridad y corrección y consecuencias accesorias. A tal fin, el fiscal y el acusador privado remitirán al tribunal una planilla que determine los gastos en que han incurrido, con el soporte documental del caso.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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