Código Procesal Penal Artículo 204 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 204. Ampliación de la pericia. Peritos nuevos
Si alguna de las partes estimare que el dictamen pericial es insuficiente, podrá solicitar al juez la ampliación por los mismos peritos, precisando los interrogantes aún pendientes de explicación o la designación de nuevos peritos.
La designación de nuevo o nuevos peritos podrá ordenarse también si los dictámenes fueren dubitativos o contradictorios, para que los examinen y valoren, o, si fuere factible y necesario, realicen otra vez la pericia.
Provincia del Chubut Artículo 204 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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