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Código Procesal Laboral Artículo 130 Provincia de Santa Fe


Código Procesal Laboral Santa Fe
Artículo 130. Oposición

Dentro del plazo acordado para el cumplimiento, el demandado podrá oponerse a la procedencia del trámite abreviado.

Además de la prescripción, la oposición sólo se admitirá con los siguientes fundamentos:

a) falsedad extrínseca de los documentos atribuidos a la demandada o a terceros, o negativa del envío o recepción de la correspondencia en su caso;

b) hechos o actos jurídicos extintivos de la obligación demandada, debidamente documentados;

c) negativa sobre el fundamento fáctico jurídico del crédito con base en razones que, apreciadas estrictamente por el juez, resulten en la necesidad o conveniencia de imprimir a la especie el trámite ordinario.

Las cuestiones puramente aritméticas relativas a la cuantificadón del crédito no autorizan a oponerse y serán diferidas a la etapa de ejecución, sin perjuicio y de la facultad judicial de convocar a audiencia conciliatoria.

Los reconocimientos pardales que resulten explícitos, o aquellos que deriven de la falta de oposición expresa y concreta a ciertos rubros, o a una porción de los mismos, darán lugar a que se declare su pronto pago según el capítulo anterior.



Provincia de Santa Fe Artículo 130 Código Procesal del Trabajo
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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