Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Artículo 82 Provincia de Mendoza
Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Mendoza
Artículo 82. Denuncia verbal
Si la denuncia fuera verbal, se registrará mediante audio y video o se labrará un acta de modo tal que pueda surgir en forma clara el hecho de violencia denunciado, tipo de violencia, existencia de armas, los datos personales de la víctima y del victimario, de los demás miembros que conforman el grupo familiar conviviente, los medios de prueba con que puedan acreditarse los hechos y la medida de protección que se peticiona.
Si por las circunstancias del caso la Jueza o Juez competente considerase necesario que la víctima sea asistida por un letrado, consignará los motivos y dará intervención inmediata a un Co-defensor/a de Familia, el que deberá aceptar el cargo dentro de las veinticuatro (24) horas de serle notificado con remisión del expediente, a fin de ejercer sin demoras la adecuada defensa de la víctima.
Provincia de Mendoza Artículo 82 Código Procesal de Familia y Violencia Familiar
Mejores juristas
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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