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Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 254 Provincia de Mendoza


Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza
Artículo 254. EMBARGO

A falta de pago o entrega de los bienes reclamados y de las sumas fijadas provisoriamente para costas, el oficial de justicia trabará embargo en bienes del deudor.

A tal fin se autorizará el uso de la fuerza pública, el allanamiento de domicilio y la habilitación de día, hora y lugar, si así se solicitare y fuere necesario.

Si la sentencia monitoria no expresara los bienes sobre los cuales debe recaer el embargo o estos no se encontraren o fueren insuficientes, se trabará en los que ofrezca el ejecutado o, en su defecto, en los que indique el actor o persona autorizada por él; y, en último término en los que el Oficial de Justicia determine.

En todo caso corresponde al Oficial de Justicia establecer el orden de la traba, teniendo en cuenta la suficiencia de los bienes, la mayor o menor facilidad y economía de su realización y su embargabilidad.

Debe procurar que la medida garantice suficientemente al actor, sin ocasionar perjuicios o vejámenes innecesarios al demandado.



Provincia de Mendoza Artículo 254 Código Procesal Civil, Comercial y Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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