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Código Fiscal Artículo 254 Provincia de La Pampa


Código Fiscal La Pampa
Artículo 254. CONTRATOS DE COMPRAVENTA Y TRANSFERENCIA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

En los contratos de compraventa y transferencia de vehículos automotores el impuesto se liquidará sobre el precio de venta o sobre el valor de tasación que para los mismos establezca la Ley Impositiva Anual para el cálculo del Impuesto a los Vehículos, el que sea mayor. Para las unidades que no tengan tasación, facúltase a la Dirección General de Rentas para determinar el valor, en base a consultas a Organismos Oficiales o a fuentes de información sobre el mercado automotor que resulten disponibles.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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