Código Fiscal Artículo 225 Provincia de Formosa
Código Fiscal Formosa
Artículo 225.
En los casos de iniciación de actividades, deberá solicitarse la inscripción como contribuyente presentando una declaración jurada y abonando el impuesto mínimo establecido en la Ley Impositiva. En caso de que el anticipo resultara mayor, como consecuencia de los Ingresos registrados por el contribuyente, lo abonado al iniciar la actividad será tomado como pago a cuenta, debiendo satisfacer el saldo resultante. Si la determinación arrojara un anticipo menor, el pago del anticipo mínimo efectuado será considerado como único y definitivo. Si durante el mes de iniciación de actividades no se registran ingresos, el anticipo se considerará como pago a cuenta del primero en el que se produjeran ingresos.
Provincia de Formosa Artículo 225 Código Fiscal
Mejores juristas





Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios