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Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 8 Provincia de Córdoba


Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 8. Presentación en término

Para determinar si un escrito presentado personalmente en las oficinas de la municipalidad ha sido en término, se tomará en cuenta la fecha indicada en el cargo o sello fechador. En caso de duda deberá estarse a la fecha enunciada en el escrito y si éste a su vez no la tuviere se considerará que ha sido presentado en término.El escrito no presentado dentro del horario administrativo del día en que venciere el plazo podrá ser entregado válidamente el día hábil inmediato siguiente y dentro de las dos (2) primeras horas del horario de atención, incluyendo el supuesto contemplado en el artículo siguiente, debiendo dejarse constancia del horario de recepción del escrito con firma y sello del empleado o funcionario que lo recibió.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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