Código de Faltas Artículo 204 Provincia de San Juan
Código de Faltas San Juan
Artículo 204. Uso indebido del agua potable
El que destine el agua potable debidamente tratada a un uso distinto al consumo humano, en los horarios que determine la autoridad de contralor será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta cuatrocientos jus (400 J), trabajo de utilidad pública, clausura y/o arresto de hasta treinta (30) días.
Se considera contravención, salvo expresa autorización emitida por la autoridad de aplicación, las siguientes conductas:
a)Lavado de veredas y riego de calles.
b)Riego de jardines y arbolados en general.
c)Llenado y reposición de agua en piletas de natación o piletines.
d)Lavado de automotores en general.
e)Conexiones clandestinas a la red de agua potable y/o cloacas.
f)Cualquier otro uso distinto al consumo humano.
Provincia de San Juan Artículo 204 Código de Faltas
Mejores juristas





Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios