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Código de Contravenciones Artículo 125 Provincia de Mendoza


Código de Contravenciones Mendoza
Artículo 125. Maltrato a personas adultas mayores

El que maltratare, insultare o no le brindare un trato digno a las personas adultas mayores, tanto en el ámbito familiar como en las residencias, los hospitales y los centros geriátricos, no respetando su dignidad, sus creencias, intimidad, sexo, raza o procedencia étnica, minusvalía o situación económica, será sancionado con multa desde cuatrocientas (400) U.F. hasta un mil doscientas (1.200) U.F. o arresto desde cuatro (4) días hasta doce (12) días; la misma pena se aplicará a quien permitiere estas conductas.

Si el maltrato hacia las personas adultas mayores proviniese de empleados o funcionarios de las reparticiones públicas, incluidos los profesionales, cualquiera sea su especialidad (médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros) la sanción se duplicará en su mínimo y en su máximo.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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