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Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Artículo 143 Provincia de Salta


Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Salta
Artículo 143. Funciones

El funcionamiento de la Procuración Municipal debe ser establecido por Ordenanza. Sin perjuicio de ello, son funciones de la Procuración Municipal:

1. Brindar asesoramiento jurídico al Departamento Ejecutivo y al Concejo Deliberante.

2. Intervenir como parte necesaria en todo asunto en que el Municipio sea parte o en que sus intereses sean objeto de controversia.

3. Participar obligatoriamente en las licitaciones públicas y en las contrataciones directas, para dictaminar o realizar las observaciones que considere necesarias.

4. Emitir dictamen fundado en toda transacción o acuerdo de pago sobre deudas o créditos que deba cobrar o abonar el Municipio.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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