Aprobación del Protocolo para la utilización de establecimientos no hospitalarios como dispositivos de atención domiciliaria de pacientes Covid-19 confirmados (Aprobación del Protocolo para la utilización de establecimientos no hospitalarios como dispositivos ) Provincia del Chaco
Aprobación del Protocolo para la utilización de establecimientos no hospitalarios como dispositivos de atención domiciliaria de pacientes Covid-19 confirmados Provincia del Chaco
- Artículo 1. Apruébase el Protocolo para la utilización de establecimientos no...
- Artículo 2. Establécese el aislamiento sanitario diferencial para todas las personas que...
- Artículo 3. Autorizase al Poder Ejecutivo, conforme lo establecido por su decreto...
- Artículo 4. Dispónese la utilización obligatoria del sistema de geolocalización y...
- Artículo 5. El Ministerio de Salud Pública, deberá disponer los criterios...
- Artículo 6. Serán autoridades de aplicación de la presente y de manera conjunta, los...
- Artículo 7. Instrúyese a la Asesoría General de Gobierno y a la Fiscalía de Estado, a...
- Artículo 8. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión a Ley Nac. 27.116 Adhesión a Ley Nac. 27.176 Mes de Homenaje a los Ex-Combatientes de la Guerra de las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur Creación del Programa de Conectividad Vial y Ambiental para la Prevención y Mitigación de Accidentes contra la Fauna Silvestre Declaración de duelo provincial toda vez que fallezca un Veterano de la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico SurMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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