Modificaciones a la Ley N° 7625 (Modificaciones a la Ley N° 7625) Provincia de Córdoba
Modificaciones a la Ley N° 7625 Provincia de Córdoba
- TÍTULO I - MODIFICACIONES A LA LEY N° 7625 - RÉGIMEN DEL PERSONAL QUE INTEGRA EL EQUIPO DE SALUD HUMANA
- Artículo 1. Sustitúyese el artículo 32 de la Ley N° 7625 -Régimen del Personal que...
- Artículo 2. Sustitúyese el artículo 33 de la Ley N° 7625 -Régimen del Personal que...
- Artículo 3. Sustitúyese el artículo 35 de la Ley N° 7625 -Régimen del Personal que...
- Artículo 4. Incorpórase como artículo 35 bis de la Ley N° 7625 -Régimen del Personal que...
- TÍTULO II - MODIFICACIONES A LA LEY N° 9361 - ESCALAFÓN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL
- Artículo 5. Incorpórase como artículo 9° bis de la Ley N° 9361 -Escalafón para el...
- Artículo 6. Sustitúyese el subinciso A) del inciso II) del artículo 14 de la Ley N° 9361...
- TÍTULO III - AUTORIZACIÓN PARA CONVOCAR A CONCURSO DE TÍTULOS Y ANTECEDENTES
- Artículo 7. Facúltase al titular del Poder Ejecutivo Provincial para que, dentro del...
- Artículo 8. La cantidad de cargos a concursar será la que defina el titular del Poder...
- Artículo 9. El concurso convocado en los términos del artículo 7° de la presente Ley está...
- Artículo 10. Para participar del concurso los aspirantes deben obligatoriamente acreditar:...
- Artículo 11. Créanse en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, a los efectos de la...
- Artículo 12. Los concursantes que se presenten al procedimiento de selección y...
- Artículo 13. El personal designado prestará tareas en las distintas dependencias de la...
- Artículo 14. Para acceder a los cargos convocados, los postulantes deben solicitar su...
- Artículo 15. Cláusula Transitoria. Dispónese la suspensión del artículo 1° de la Ley N°...
- Artículo 16. El Poder Ejecutivo Provincial designará la Autoridad de Aplicación de la...
- Artículo 17. Invítase al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba y a la Universidad...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Otras regulaciones
Modifican el radio municipal de la localidad de Colonia San Bartolomé Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Programa Primer Paso Declárase Capital Provincial del Arte Urbano Creación del Camino de la Producción Serrana de Paravachasca como Producto Turístico Histórico CulturalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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