Declaración de emergencia (Declaración de emergencia) Provincia de Santa Fe
Declaración de emergencia Provincia de Santa Fe
- TÍTULO I - EMERGENCIA EN MATERIA SOCIAL, EDUCATIVA Y SANITARIA
- Artículo 1. Declarase la emergencia en materia social, educativa y sanitaria en todo el...
- Artículo 2. El Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, e Ministerios de Educación y...
- TÍTULO II - DISPOSICIONES FUNCIONALES
- Artículo 3. El Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano podrá llevar a cabo las...
- Artículo 4. El Ministerio de Salud podrá llevar a cabo las siguientes medidas, entre...
- Artículo 5. El Ministerio de Educación podrá llevar a cabo las siguientes medidas, entre...
- TÍTULO III - DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS
- Artículo 6. Establécese que, en virtud de la emergencia declarada, los Ministerios de...
- Artículo 7. En todo lo no previsto por este Título y su reglamentación, será de...
- TÍTULO IV - DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo podrá disponer la prórroga del plazo fijado en el artículo...
- Artículo 9. Créase una Comisión Bicameral de Seguimiento del Estado de Emergencia que por...
- Artículo 10. Trimestralmente y al finalizar el período de Emergencia, la autoridad de...
- Artículo 11. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía tomará los actos y...
- Artículo 12. La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente a su...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaran Ciudad a la localidad de Monte Vera, departamento La Capital Sistema Nacional para la gestión integral del riesgo y la protección civil Donación a favor de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Arroyo Seco fracción de inmueble de mayor área Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación determinados inmuebles ubicados en lotes del Barrio La Lata de la ciudad de Rosario Programa Provincial de Protección y Acompañamiento de Testigos y Víctimas y Fondo Provincial de RecompensasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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