Censo Provincial de Infraestructura Social. Creación del Registro de Bienes con función social (Censo Provincial de Infraestructura Social) Provincia de Buenos Aires
Censo Provincial de Infraestructura Social. Creación del Registro de Bienes con función social Provincia de Buenos Aires
- CAPÍTULO I INTERÉS PÚBLICO PROVINCIAL
- Artículo 1. Declárase de lnterés Público Provincial: a. Las Asociaciones Civiles de...
- CAPÍTULO II DISPOSICIONES DE EMERGENCIA
- Artículo 2. Conceder una prórroga especial por el plazo de ciento ochenta (180) días para...
- Artículo 3. Establecer en ciento ochenta (180) días el plazo mínimo de duración de todos...
- Artículo 4. Entidades Bancarias, REPOC y AFIP. La Autoridad de Aplicación deberá...
- CAPÍTULO III TARIFA DE SERVICIOS PÚBLICOS EN EMERGENCIA
- Artículo 5. Tarifa Cero. Establézcase Tarifa Cero de Servicios Públicos de agua, gas,...
- Artículo 6. Consumo Real. Establézcase el Pago por Consumo Real de Servicios Públicos de...
- Artículo 7. Concluida la emergencia sanitaria provincial, será facultad del Poder...
- Artículo 8. Adhiérase al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 311/2020.
- CAPÍTULO IV FONDO EXTRAORDINARIO DE EMERGENCIA
- Artículo 9. Facúltase al Poder Ejecutivo, a los fines previstos en la presente, a crear...
- Artículo 10. Los subsidios podrán destinarse a: Readecuar las instalaciones de las...
- Artículo 11. La solicitud de subsidios podrá tramitarse ante: El Municipio donde se...
- CAPÍTULO V CONDONACIÓN DE DEUDAS DOCUMENTALES DE EMERGENCIA
- Artículo 12. Condónanse, a pedido de parte o de oficio, las deudas de documentación anual...
- Artículo 13. La solicitud de condonación deberá ser suscripta por al menos tres (3)...
- CAPÍTULO VI CONSTITUCIÓN POR INSTRUMENTO PÚBLICO
- Artículo 14. Las personas humanas que se propongan constituir una Asociación...
- Artículo 15. Paridad de Género. Aquellas Asociaciones Civiles que opten por la...
- Artículo 16. La Autoridad de Aplicación dispensará del pago de tasas, timbrados, sellados...
- Artículo 17. La Autoridad de Aplicación admitirá la presentación para su inscripción de...
- Artículo 18. Lo dispuesto en el presente capítulo será aplicable a aquellos instrumentos...
- CAPÍTULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS
- Artículo 19. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas remitirá a la Administración...
- Artículo 20. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas remitirá a la Agencia de...
- Artículo 21. Impuesto Inmobiliario. Modifícase el inciso i) del artículo 177 del Código...
- Artículo 22. Tasas ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Modifícanse y...
- Artículo 23. Denuncia por cobro indebido. Las Asociaciones Civiles podrán denunciar ante...
- Artículo 24. Difúndase mediante gráficas y/o por medios digitales en los organismos...
- CAPÍTULO VIII CAJA DE AHORRO EN PESOS
- Artículo 25. Se encomienda a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas a arbitrar los...
- Artículo 26. La Autoridad de Aplicación determinará el procedimiento para el registro de...
- CAPÍTULO IX ASESORAMIENTO TÉCNICO Y ACCESO A LA JUSTICIA GRATUITO
CAPÍTULO X CENSO PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL - Artículo 28. Impleméntase un Censo Provincial de Infraestructura Social con el fin de...
- Artículo 29. Información. El Censo se realizará para obtener información sobre: El...
- CAPÍTULO XI BIENES CON FUNCIÓN SOCIAL
- Artículo 30. Créase el Registro de Bienes con función social, que tendrá por función...
- Artículo 32. Permiso de uso precario de Bienes con Función Social. Las Asociaciones...
- CAPÍTULO XII REGISTRO DE COMEDORES COMUNITARIOS
- Artículo 33. Créase el Registro de Comedores Comunitarios, con el fin de conocer, relevar,...
- CAPÍTULO XIII INEMBARGABILIDAD E INEJECUTABILIDAD
- Artículo 34. Todo inmueble y sus accesorios, ubicado en la Provincia de Buenos Aires,...
- Artículo 35. A fin de gozar de las garantías establecidas en el artículo anterior, los...
- Artículo 36. La garantía de inembargabilidad e inejecutabilidad puede ser renunciada de...
- Artículo 37. Invítase a los Municipios a adherir a la presente a sus efectos, conforme la...
- Artículo 38. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declara a la Ciudad de San Nicolás como Capital Provincial del Patí Declaran de interés social a los bienes inmuebles que conforman el Barrio 19 de Febrero del partido de La Plata Declaracion de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el partido de Avellaneda Adhesión a la Ley 27.130 Ley orgánica del Poder JudicialMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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