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Censo Provincial de Infraestructura Social Artículo 34 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Censo Provincial de Infraestructura Social Buenos Aires
Artículo 34.

Todo inmueble y sus accesorios, ubicado en la Provincia de Buenos Aires, propiedad de una Asociación Civil de primer grado, es inembargable e inejecutable, conforme a los requisitos establecidos en el artículo siguiente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 744 inc. h) del Código Civil y Comercial de la Nación.

Asimismo, quedarán suspendidas las ejecuciones de aquellos inmuebles en donde Asociaciones Civiles y Mutuales enumeradas en el artículo 1° de la presente Ley gocen de una posesión pacífica durante diez (10) años con justo título y buena fe.

Si carecieren de justo título y buena fe, la posesión deberá ser de veinte (20) años o más.

La suspensión quedará sin efecto si dentro del plazo de dos (2) años de notificada la ejecución, la asociación o mutual no iniciara el proceso de adquisición del dominio por usucapión conforme los arts. 679 y ss. del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.

La ejecución quedará a las resultas de dicho proceso de usucapión.

Provincia de Buenos Aires Artículo 34 Censo Provincial de Infraestructura Social. Creación del Registro de Bienes con función social
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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