Censo Provincial de Infraestructura Social Artículo 17 Provincia de Buenos Aires
Censo Provincial de Infraestructura Social Buenos Aires
Artículo 17.
La Autoridad de Aplicación admitirá la presentación para su inscripción de todo instrumento público que satisfaga los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación, en los que se otorguen el acto constitutivo y el estatuto de adhesión para las Asociaciones Civiles enumeradas en el artículo 14, por legisladores provinciales, funcionarios provinciales y nacionales con jurisdicción en la Provincia de Buenos Aires competentes y autorizados por los organismos con los que se haya previamente suscripto convenio de colaboración. El convenio de colaboración dispondrá el proceso necesario para el cumplimiento de la presente.
Provincia de Buenos Aires Artículo 17 Censo Provincial de Infraestructura Social. Creación del Registro de Bienes con función social
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios