Transferencia a la Municipalidad de Puerto Madryn el dominio de un inmueble propiedad del Estado nacional, Estado Mayor General de la Armada Argentina (Transferencia a la Municipalidad de Puerto Madryn el dominio de un inmueble propiedad del Estado nac) Nacional
Transferencia a la Municipalidad de Puerto Madryn el dominio de un inmueble propiedad del Estado nacional, Estado Mayor General de la Armada Argentina Nacional
- Artículo 1. Transfiérase a título gratuito y en favor de la Municipalidad de Puerto...
- Artículo 2. La transferencia dispuesta en el artículo 1° se efectúa con cargo a que...
- Artículo 3. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior la...
- Artículo 4. Podrán participar de los procedimientos de subasta o licitación pública las...
- Artículo 5. A fin de asegurar la finalidad dispuesta en el artículo 2° de la...
- Artículo 6. Se establece un plazo de diez (10) años para el cumplimiento del cargo...
- Artículo 7. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley estarán a cargo de...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo nacional, dentro de los 180 (ciento ochenta) días de...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos Marca colectiva. Definición. Requisitos para la solicitud. Autoridad de aplicación. Reglamento de uso Ley de Creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Enmienda del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre Mercosur y ChileMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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