< Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano

Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano Artículo 1 Provincia de Tucumán


Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano Tucumán
Artículo 1.

Autorízanse al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, a ceder en comodato a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, los inmuebles ubicados en el departamento Capital, identificados con las siguientes nomenclaturas catastrales:

- Padrón N° 13.170; Circunscripción: I; Sección: 8 A; Lámina:

53; Manzana: 53; Parcela: 28 A; Matrícula: 9225; Orden: 802, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23705.

- Padrón N° 25.736; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana:

53; Parcela: 25 A; Matrícula: 9225; Orden: 2047, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 204, Folio 16, Serie B, Año 1.942.

- Padrón N° 213.490; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 B; Matrícula: 9225; Orden: 4662, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-17323.

- Padrón N° 213.491; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 C; Matrícula: 9225; Orden: 4663, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-17322.

- Padrón N° 213.492; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 D; Matrícula: 9225; Orden: 4664, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23734.

- Padrón N° 213.493; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 E; Matrícula: 9225; Orden: 4665, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23707.

- Padrón N° 213.494; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 F; Matrícula: 9225; Orden: 4666, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 66, Folio 74, Serie C, Año 1.971.

- Padrón N° 213.497; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 D; Matrícula: 9225; Orden: 4669, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26879.

- Padrón N° 213.498; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 E; Matrícula: 9225; Orden: 4670, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26882.

- Padrón N° 213.499; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 F; Matrícula: 9225; Orden: 4671, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26881.

- Padrón N° 213.502; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 B; Matrícula: 9225; Orden: 4672, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23733.

- Padrón N° 213.503; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana; 53; Parcela: 25 C; Matrícula: 9225; Orden: 4673, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23732.

- Padrón N° 213.504; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 D; Matrícula: 9225; Orden: 4674, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23731.

- Padrón N° 213.505; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 E; Matrícula: 9225; Orden: 4675, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23730.

- Padrón N° 213.506; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 F; Matrícula: 9225; Orden: 4676, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23729.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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