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Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas Artículo 22 Provincia de Buenos Aires


Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas Buenos Aires
Artículo 22. ELEMENTOS DE SEGURIDAD

Es responsabilidad y obligación del empleador proveer y controlar el uso de los elementos de seguridad. Sin perjuicio de lo que particularmente establezcan las normas aplicables a la actividad y los convenios colectivos, en las distintas jurisdicciones, los elementos de seguridad mínimos y obligatorios consistirán en:

a) Por cada Guardavidas:

1) Un (1) par de patas de rana.- 2) Una (1) rosca salvavidas con banderola, suncho o elemento flotante de acuerdo a las condiciones del sector.- 3) Una sombrilla.- 4) Un bloqueador solar.- 5) Una silla.- 6) Una máscara para RCP.- b) Por cada puesto de Guardavidas:

1) Una (1) casilla.- 2) Un (1) mástil.

3) Un (1) juego de banderas con el código internacional de señales.- 4) Un (1) malacate con trescientos (300) metros de soga náutica.- 5) Un (1) botiquín de primeros auxilios.- 6) Un (1) equipo de comunicación.- 7) Un (1) prismático.- 8) Un (1) tablero espinal con sujetadores (Tamaño adulto y pediátrico).- 9) Un (1) collar de Filadelfia (Tamaño adulto y pediátrico).- 10) Un (1) mangrullo.

c) Deberá proveerse desfibrilador automático DEA conforme a los protocolos de zona cardio-segura disponiéndolos de tal forma que permita acceso al mismo en un tiempo de respuesta máximo de tres (3) minutos de caminata.- d) Por cada balneario o su equivalente hasta dos mil (2.000) metros de costa una (1) embarcación a motor con equipo de comunicación.



Provincia de Buenos Aires Artículo 22 Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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