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Regulación del turismo activo Artículo 15 Provincia de Tucumán


Regulación del turismo activo Tucumán
Artículo 15.

Los prestadores de Turismo Activo registrado pueden:

1. Ser incluidos por el Ente Autárquico Tucumán Turismo dentro de sus acciones promocionales en las condiciones en que estén registrados, siendo responsable cada prestador por cualquier variación o modificación en dichas condiciones que no hubiere sido debidamente informada.

2. Ser considerados a los fines previstos en el Capítulo VIII de la Ley N° 7484.

A tal efecto la Autoridad de Aplicación debe evaluar la conveniencia de fomentar determinada actividad, así como la conducta cumplidora o las faltas o infracciones en que pudiera haber incurrido el prestador.

3. Ser considerados para recibir capacitaciones que organice anualmente el Ente Autárquico Tucumán Turismo, de acuerdo a las modalidades y cupos que éste determine.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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