Regulación de la organización, administración, dirección, fiscalización e instrumentación de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles (Regulación de la organización de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmue) Provincia de Córdoba
Regulación de la organización, administración, dirección, fiscalización e instrumentación de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles Provincia de Córdoba
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3. Alcances
- Artículo 4. Objetivos
- Artículo 5. Sistema Unificado de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado
- Artículo 6. Asignación
- Artículo 7. Permiso de uso
- Artículo 8. Bienes inmuebles ociosos
- Artículo 9. Actos de disposición
- Artículo 10. Transferencia a título oneroso
- Artículo 11. Aceptación de donaciones
- Artículo 12. Contratos
- Artículo 13. Autoridad de Aplicación
- Artículo 14. Funciones
- Artículo 15. Ministerios y secretarías
- Artículo 16. Servicios administrativos. Competencias
- Artículo 17. Consejo Consultivo Asesor
- Artículo 18. Objetivo y funciones
- Artículo 19. Transferencia a municipios
- Artículo 20. Reglamentación
- Artículo 21. Vigencia
- Artículo 22. Derogaciones
- Artículo 23. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la Ley N° 27.428 Registro General Actualizan el Radio Municipal de la localidad de Las Tapias Marco normativo para el desarrollo de mercados de instrumentos que certifiquen atributos ambientales Se denomina Gobernador José Manuel de la Sota al puente que se construye sobre el Lago San Roque, en la Variante Costa Azul - Ruta Provincial E 55Mejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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