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Regulación de derechos de consumidores y usuarios Artículo 63 Provincia de Córdoba


Regulación de derechos de consumidores y usuarios Córdoba
Artículo 63. Plazo de estudio

Firme el decreto a estudio y vencido, en su caso, el plazo del artículo 62 de esta Ley, el secretario entregará el expediente a los miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, por veinte (20) días a cada uno, en el orden que indique el sorteo que a esos efectos se practique. Se dejará constancia en el expediente y en un libro que se llevará al efecto, de las fechas de entrega y devolución.

El presidente puede ordenar que los miembros de la Cámara de Apelaciones hagan el estudio conjunto de la causa en atención a su naturaleza. En este caso el plazo será de veinte (20) días.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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