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Regulación de derechos de consumidores y usuarios Artículo 27 Provincia de Córdoba


Regulación de derechos de consumidores y usuarios Córdoba
Artículo 27. Descargo

Notificada la imputación, el presunto infractor tiene un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar su descargo y ofrecer las pruebas que hacen a su derecho. En el escrito de descargo, que debe contar con patrocinio letrado, debe manifestarse el domicilio real y constituirse domicilio especial y electrónico. Quienes actúen en representación de un tercero, de una persona jurídica o en virtud de una representación legal deben acreditar la personería invocada en caso de no haberlo realizado con anterioridad. A tales fines, se debe acompañar original de la documentación correspondiente y copias las que, previa compulsa de su autenticidad, deben ser agregadas al expediente. En caso de no cumplirse los requisitos anteriores se tendrá al descargo por no presentado.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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