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Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Artículo 19 Provincia de Río Negro


Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Río Negro
Artículo 19.

Los CAMGS dispondrán según sus criterios la designación y promoción del personal directivo, operativo y de maestranza que considere necesario para el mejor cumplimiento de sus objetivos dentro de las pautas generales que establezca la reglamentación y las actualizaciones que resuelva la Dirección de Adultos Mayores. El personal de los CAMGS reconocidos tendrá derecho a una remuneración mínima igual a la del personal de instituciones de gestión estatal y deberán poseer títulos establecidos por la reglamentación. El personal de los CAMGS deberá aceptar y respetar el ideario y reglamento interno de la institución, constituyendo falta grave la inobservancia de los mismos. Las designaciones serán comunicadas al Ministerio de Desarrollo Social para su intervención y a efectos de que determine si la dotación y el personal designado reúnen los requisitos que al efecto se fijen en la reglamentación de la presente y otras normas del orden provincial o nacional.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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