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Régimen Electoral de la provincia Artículo 48 Provincia de Tucumán


Régimen Electoral de la provincia Tucumán
Artículo 48.

La Junta Electoral entregará, por la vía y forma que determine, con destino al presidente de cada mesa de votación, para que sean recibidos en el lugar en que funcionará la mesa, y con la antelación suficiente a la apertura del acto electoral, además de los elementos que correspondan según el artículo 36, los siguientes:

1. Una (1) o más urnas, de las que llevará un registro.

2. Sobres para el voto, que deberán ser opacos.

3. Un (1) ejemplar de cada una de las boletas oficializadas, rubricadas y selladas por el Secretario de la Junta.

4. Boletas, en el caso de que los candidatos las hubieran suministrado para distribuirlas. La cantidad a remitirse por mesa y la fecha de entrega por parte de los partidos o frentes, serán establecidas por la Junta Electoral.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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