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Régimen de Municipios y Comunas Artículo 116 Provincia de Córdoba


Régimen de Municipios y Comunas Córdoba
Artículo 116. Requisitos de la Sesión Especial

El Concejo Deliberante, en la primera sesión siguiente, después de haber conocido los cargos y juzgado que hay méritos para la formación de causas mediante resolución adoptada por dos tercios de miembros presentes, oirá al Intendente municipal en sesión especial que deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Será convocada con cinco (5) días hábiles de anticipación como mínimo, mediante notificación, citación y emplazamiento efectuada al Intendente y Concejales, por medios fehacientes, en que deberá hacerse entrega al acusado de copias o acta de la denuncia formulada, y de la resolución del Concejo, autenticadas.

b) Será anunciada con el mismo término de anticipación prevista en el punto anterior por los medios de publicidad disponibles.

c) Admitir y asegurar en ella la defensa del Intendente para lo cual éste podrá ofrecer todos los documentos, testimonios y demás pruebas que hagan a su derecho. Asimismo podrá concurrir acompañado de sus Secretarios y de un letrado, pero sólo aquel podrá hacer uso de la palabra.

d) En esta sesión se dispondrán los cuartos intermedios que fueren necesarios para recibir las pruebas o adoptar las resoluciones pertinentes en un plazo no mayor de treinta (30) días.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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