< Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública

Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Artículo 19 Provincia de Misiones


Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública Misiones
Artículo 19.

Los descuentos y aportes personales y patronales establecidos en el Artículo 16 inciso b) son liquidados mensualmente en las planillas de sueldos, depositando los mismos en la cuenta habilitada a tal efecto por el Instituto de Previsión Social de la Provincia. Las reparticiones dependientes o autárquicas y las sociedades o empresas que se acojan a esta Ley, envían mensualmente al Instituto, un ejemplar duplicado de las planillas de sueldos y comunican el movimiento del respectivo personal. Al mismo tiempo los tesoreros o personas que cumplen funciones de tales bajo su responsabilidad personal, envían las boletas de depósitos hechos en el Banco que actúa como Agente Financiero de la Provincia de Misiones a la orden del Instituto de Previsión Social y por el importe de los descuentos de acuerdo a la ley, según planilla detallada dentro de los quince (15) días de la liquidación de los sueldos.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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