Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios registrados bajo Nº 17.565 Y 20.373 (Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios registrados bajo Nº 17.565 Y 20.373 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Autorízase al Poder Ejecutivo a reestructurar los préstamos contraídos en...
- Artículo 2. En el marco de la autorización otorgada en el artículo 1º de esta ley,...
- Artículo 3. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes,...
- Artículo 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Adhesión a ley nacional Nº 27.351 sobre tarifa espeical para pacientes electrodependientes Desafectación del inmueble identificado catastralmente como Sección C, Macizo 83, Parcela 1, de la ciudad de Río Grande Día de los derechos del niño por nacer Dirección provincial de obras y servicios sanitarios - dirección provincial de energía Aprobación el decreto provincial 3068/23 referente a la transferencia de un inmueble en el departamento de Río GrandeMejores juristas
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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