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Promoción de las actividades de la producción e industria deportiva Artículo 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Promoción de las actividades de la producción e industria deportiva Ciudad de Buenos Aires
Artículo 9. Plazos

El régimen de promoción establecido en la presente ley rige a partir de la entrada en vigencia de su reglamentación, por el término de: a.- Veinte (20) años para beneficiarios que califiquen como Micro, Pequeña y Mediana Empresa en los términos de la Ley Nacional 25.300 (MIPyMEs, Art. 1° Resolución 50/2013 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional); como Cooperativa o como asociación civil. b)Quince (15) años para beneficiarios que califiquen como empresa local de capital nacional en los términos de la Ley Nacional 21.382 (Art. 2, inciso 4). c)Diez (10) años para los beneficiarios no comprendidos en los incisos "a" y "b" anteriores.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 9 Promoción de las actividades de la producción e industria deportiva en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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