< Programa de promoción y desarrollo industrial

Programa de promoción y desarrollo industrial de Córdoba Artículo 27 Provincia de Córdoba


Programa de promoción y desarrollo industrial Córdoba
Artículo 27. Radicaciones en el Norte y en el Oeste Provincial

CUANDO la empresa promovida se encuentre radicada o se radique en los Departamentos Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Totoral, Cruz del Eje, Minas, Pocho, San Alberto o San Javier, los beneficios asignados a la misma -derivados del tipo de proyecto presentado- se incrementarán de la siguiente manera:

a) Si se tratara de la exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -o el que en el futuro lo sustituya-, en el de Sellos o en el Inmobiliario, el beneficio será acordado por el término de quince (15) años, y b) Si se tratara del subsidio a la mano de obra, el monto mensual previsto se incrementará en un cincuenta por ciento (50%).

El incremento en el porcentaje de los beneficios estipulado en el presente artículo no rige para el caso del subsidio por consumo de energía eléctrica ni por capacitación.

La Autoridad de Aplicación podrá extender, mediante resolución fundada, los beneficios previstos en este artículo a otros departamentos o pedanías provinciales cuando concurran razones que así lo justifiquen.



Provincia de Córdoba Artículo 27 Programa de promoción y desarrollo industrial de Córdoba
Artículo 1 ...25 26 27 28 29 ...38
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse