< Política Ambiental

Política Ambiental Artículo 72 Provincia de Córdoba


Política Ambiental Córdoba
Artículo 72.

Es competente para entender en las acciones previstas en el artículo 71 de esta Ley el juez inmediato sin distinción de fuero o instancia, quien debe recibir el recurso interpuesto por cualquier forma y medio de comunicación y a cualquier hora.

Se encuentran legitimados para ejercer e impulsar las acciones previstas en la presente Ley la Fiscalía de Estado, el Ministerio Público, los municipios y comunas, y cualquier entidad o particular que accione en nombre de un interés difuso y/o derechos colectivos.

El juez debe resolver, en cada caso, sobre la admisibilidad de la legitimidad invocada en el término de veinticuatro (24) horas. Resuelta ésta, debe expedirse sobre el recurso interpuesto en el plazo de veinticuatro (24) horas, luego de ameritar la magnitud de los daños o amenazas a los intereses difusos y/o derechos colectivos comprometidos. Si el juez deniega la legitimación del accionante pero a su criterio resultare verosímil la existencia de la privación, perturbación o amenaza a los intereses difusos o derechos colectivos invocada en la demanda, debe correr vista al agente fiscal quien continúa con el ejercicio de la acción.

Provincia de Córdoba Artículo 72 Política Ambiental
Artículo 1 ...70 71 72 73 74 ...98
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse