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Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Artículo 50 Provincia de Mendoza


Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Mendoza
Artículo 50. Delegaciones

Las delegaciones regionales y subdelegaciones departamentales dependerán del Subsecretario de Trabajo y ejercerán, en general, todas las funciones encomendadas por esta Ley a la misma, dentro de sus respectivas jurisdicciones, con las facultades que la reglamentación determine, de modo especial las siguientes:

a) Dirigir y controlar al personal a su cargo.

b) Organizar todo lo relativo a inspecciones en su circunscripción, bajo la supervisión del área central respectiva.

c) Sustanciar audiencias de conciliaciones individuales, pluri-individuales y colectivas de acuerdo a esta Ley y su reglamentación bajo la supervisión del área central respectiva.

d) Tramitar el procedimiento de conciliación y homologar los acuerdos en los términos establecidos en esta Ley.

e) Recibir y sustanciar las denuncias por conflictos individuales, enfermedades y accidentes inculpables y riesgos laborales conforme a la legislación vigente, quedando facultadas para solicitar la intervención y colaboración de los asesores que en cada caso corresponda, inclusive en las juntas médicas debiendo luego elevar las actuaciones al subsecretario.

f) Acordar o negar la asistencia jurídica gratuita a los trabajadores cuando existieran asesorías letradas dentro de la jurisdicción, y de conformidad a los Artículos 51 y siguientes de esta Ley.

g) Instruir los sumarios y elevarlos para su resolución al Subsecretario de Trabajo y Empleo o delegación regional que se indique.

h) Solicitar el auxilio de la fuerza pública para cumplir sus cometidos conforme las pautas de esta Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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