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Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas Artículo 36 Provincia de Misiones


Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas Misiones
Artículo 36.

Son alcanzados por juicio de cuentas, los cuentadantes. A tal fin, considerase cuentadantes:

1) en las cuentas provinciales:

a) los Directores de los Servicios Administrativos, responsables de cajas recaudadoras, responsables de cuentas especiales, delegados fiscales y tesoreros de los Servicios Administrativos en el ámbito de la Administración Central;

b) los Directores de Administración, delegados fiscales y tesoreros en los organismos descentralizados, autárquicos y Poderes Legislativo y Judicial;

c) los funcionarios y/o agentes que, por disposición emanada de autoridad competente, reciben anticipos de fondos con cargos de oportuna y documentada rendición, en lo atinente a la rendición de tales anticipos;

2) en las cuentas municipales, los funcionarios a quienes la reglamentación que dicta al efecto el Tribunal de Cuentas confiere esa condición.

Provincia de Misiones Artículo 36 Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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