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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 3 Provincia de Río Negro


Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 3. Funcionarios, funcionarias, empleados y empleadas

a) Son funcionarias o funcionarios judiciales:

1. Secretarios o Secretarias.

2. Fiscales, Defensoras o Defensores con las denominaciones, jerarquías y grados que establezca la ley K nº 4199 y sus modificatorias.

b) Son funcionarios o funcionarias de ley:

1. Administrador o Administradora General.

2. Subadministrador o Subadministradora General.

3. Auditor o Auditora Judicial General.

4. Contador o Contadora General.

5. Subcontador o Subcontadora General.

6. Director o Directora General de las Oficinas Judiciales.

7. Director o Directora de la Oficina Judicial de cada circunscripción.

8. Directoras, Directores y titulares de las siguientes áreas: de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos; de los Centros Judiciales de Mediación (CE.JU.ME.) y de las Casas de Justicia; de la Escuela de Capacitación Judicial; del Centro de Documentación Jurídica; del Archivo General del Poder Judicial; de los Cuerpos de Investigación Forense; de la Dirección de Asesoramiento Técnico Legal; del Centro de Planificación Estratégica; de la Unidad de Gestión Previsional, de Ceremonial y Protocolo.

9. Inspector o Inspectora de Justicia de Paz.

10. Secretarios letrados o Secretarias Letradas de los Juzgados de Paz.

11. Secretario o Secretaria del Tribunal de Superintendencia Notarial de la ley G nº 4193.

12. Gerentes o Gerentas de Recursos Humanos; del Area de Informatización de la Gestión Judicial y de la Administración de cada Circunscripción, que asisten a los Tribunales de Superintendencia General.

13. Jefes o Jefas de las Oficinas de Atención al Ciudadano.

14. Coordinador o Coordinadora de la Oficina de Género.

15. Director o Directora de Comunicación Judicial del Poder Judicial y las Delegadas o Delegados en las Circunscripciones.

16. Prosecretarios o Prosecretarias.

17. Delegados o Delegadas de los Archivos Circunscripcionales.

18. Jefes o Jefas de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones.

19. Oficiales de Justicia.

20. Oficiales Notificadores.

21. Jefes o Jefas de Departamento.

22. Jefes o Jefas de División.

23. Jefes o Jefas de Despacho.

c) Son empleados o empleadas: Las personas que tengan una categoría escalafonaria inferior a jefatura de Despacho. Pueden pertenecer a la planta permanente o transitoria.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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