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Ley Orgánica de los Partidos Políticos Artículo 54 Provincia del Chubut


Ley Orgánica de los Partidos Políticos Chubut
Artículo 54.

El Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte recibirá el veinte por ciento (20%) de la partida presupuestaria asignada al Fondo Partidario Permanente en la Ley de Presupuesto General de la Provincia con el objeto de:

a) Otorgar los aportes extraordinarios para atender gastos no electorales a los partidos políticos reconocidos;

b) Asignar el aporte para el desenvolvimiento institucional de aquellos partidos políticos reconocidos con posterioridad a la distribución anual del Fondo Partidario Permanente y aportes de campaña a partidos políticos sin referencia electoral anterior.

Los fondos remantes se integrarán al Fondo Partidario Permanente.

Provincia del Chubut Artículo 54 Ley Orgánica de los Partidos Políticos
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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