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Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 Artículo 69 Provincia de San Luis


Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis
Artículo 69.

Conforme a lo establecido en la Ley N° VI-0159-2004 Código de Aguas y sus modificatorias, Título VII- de las Cargas Financieras para el Derecho y Uso de Agua Pública, SAN LUIS AGUA S.E. - Autoridad de Aplicación- liquidará y cobrará por cuenta y orden del Poder Ejecutivo Provincial a los solicitantes de agua pública los conceptos, montos, tarifas y porcentajes que en los artículos siguientes se indican, considerando los distintos usos establecidos en el Título II - Parte Segunda - Capítulo II, artículos 37 al 70 de la Ley N° VI-0159-2004 Código de Aguas.-

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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