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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 33 Provincia de Córdoba


Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 33. Venta a consumidor final. Comercio minorista de actividades específicas

Los ingresos derivados de las actividades incluidas en los Códigos de Actividades que se describen a continuación, provenientes de operaciones realizadas con consumidores finales y/o del comercio minorista en el marco del artículo 189 del Código Tributario Provincial, deben tributar a la alícuota que se establece en la columna "Alícuota" del siguiente cuadro:

Cuadro Las restantes actividades quedan alcanzadas a la alícuota prevista para el comercio minorista en el Anexo I de la presente Ley, según corresponda, de acuerdo al tipo de bien comercializado. Caso contrario, debe tributar a la alícuota general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos dispuesta en el artículo 14 de esta Ley.

Provincia de Córdoba Artículo 33 Ley Impositiva Año 2020
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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