Ley de Marcas (Ley de Marcas) Argentina
Ley de Marcas
- Artículo 1. Pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios: una o...
- Artículo 2. No se consideran marcas y no son registrables: a) los nombres, palabras y...
- Artículo 3. No pueden ser registrados: a) una marca idéntica a una registrada o...
- Artículo 4. La propiedad de una marca y la exclusividad de uso se obtienen con su...
- Artículo 5. El término de duración de la marca registrada será de DIEZ (10) años. Podrá...
- Artículo 6. La transferencia de la marca registrada es válida respecto de terceros, una...
- Artículo 7. La cesión o venta del fondo de comercio comprende la de la marca, salvo...
- Artículo 8. El derecho de prelación para la propiedad de una marca se acordará por el...
- Artículo 9. Una marca puede ser registrada conjuntamente por DOS (2) o más personas. Los...
- Artículo 10. Quien desee obtener el registro de una marca, debe presentar una solicitud...
- Artículo 11. El domicilio especial a que se refiere el Artículo 10, constituído por una...
- Artículo 12. Presentada la solicitud de registro, la autoridad de aplicación, si...
- Artículo 13. Las oposiciones al registro de una marca deben efectuarse ante la Dirección...
- Artículo 14. Las oposiciones al registro de una marca deben deducirse electrónicamente...
- Artículo 15. Se notificarán al solicitante las oposiciones deducidas y las observaciones...
- Artículo 16. Cumplidos tres (3) meses contados a partir de la notificación de las...
- Artículo 17. El procedimiento para resolver las oposiciones será fijado por la autoridad...
- Artículo 18. En los juicios de oposición al registro de marcas que a la fecha estuvieren...
- Artículo 19. Mediando oposición, el solicitante y el oponente podrán renunciar a la vía...
- Artículo 20. Cuando se solicite la renovación del registro, se actuará conforme con lo...
- Artículo 21. La resolución denegatoria del registro por causas diferentes a las del...
- Artículo 22. Los expedientes de marcas en trámite o registradas son de acceso público e...
- Artículo 23. El derecho de propiedad de una marca se extingue: a) por renuncia de su...
- Artículo 24. Son nulas las marcas registradas: a) En contravención a lo dispuesto en...
- Artículo 25. La acción de nulidad prescribe a los DIEZ (10) años.
- Artículo 26. El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, de oficio o a pedido de...
- Artículo 27. El nombre o signo con que se designa una actividad, con o sin fines de...
- Artículo 28. La propiedad de la designación se adquiere con su uso y sólo con relación al...
- Artículo 29. Toda persona con interés legítimo puede oponerse al uso de una designación....
- Artículo 30. El derecho a la designación se extingue con el cese de la actividad...
- Artículo 31. Será reprimido con prisión de tres (3) meses a dos (2) años pudiendo...
- Artículo 32. La acción penal es pública y las disposiciones generales del Libro I del...
- Artículo 33. La Justicia Federal en lo Criminal y Correccional es competente para...
- Artículo 34. El damnificado, cualquiera sea la vía elegida, puede solicitar: a) el...
- Artículo 35. En los juicios civiles que se inicien para obtener la cesación del uso de...
- Artículo 36. El derecho a todo reclamo por vía civil prescribe después de transcurridos...
- Artículo 37. El producido de las multas previstas en el Artículo 31 y de las ventas a que...
- Artículo 38. Todo propietario de una marca registrada, a cuyo conocimiento llegue la...
- Artículo 39. Aquél en cuyo poder se encuentran objetos en infracción, debe acreditar e...
- Artículo 40. El titular de una marca registrada podrá solicitar las medidas cautelares...
- Artículo 41. El titular de una marca registrada constituída por una frase publicitaria,...
- Artículo 42. La autoridad de aplicación de esta ley es la Dirección Nacional de la...
- Artículo 43. La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial anotará las solicitudes de...
- Artículo 44. El certificado de registro consistirá en un testimonio de la resolución de...
- Artículo 45. El registro, renovación, reclasificación, transferencia, abandono y...
- Artículo 46. La conservación y guarda de las actuaciones administrativas correspondientes...
- Artículo 47. El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, en su carácter de...
- Artículo 48. Las marcas registradas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley...
- Artículo 49. La presente ley entrará en vigencia a los TREINTA (30) días de su...
- Artículo 50. La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los SESENTA (60) días de...
- Artículo 51. Deróganse las Leyes 3.975 y 17.400, los Artículos 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del...
- Artículo 52. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...
Mejores juristas
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Publique la información de sí mismo
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