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Ley de asignaciones familiares Artículo 57 Provincia de Santa Fe


Ley de asignaciones familiares Santa Fe
Artículo 57.

Créase la Comisión Asesora de Asignaciones Familiares, la que estará integrada por los Directores Generales de Seguridad Social y del Personal de la Provincia y un representante del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a) Emitir opinión en las cuestiones de interpretación que se susciten con motivo del régimen de asignaciones familiares que sean sometidas a su dictámen;

b) Proponer el dictado de resoluciones normativas atinentes a la aplicación del régimen de asignaciones familiares;

c) Proponer modificaciones a las normas de aplicación del régimen de asignaciones familiares;

d) Requerir información a los organismos y reparticiones nacionales, provinciales, municipales y a entidades privadas, a los fines prropuestos en los incisos anteriores.



Provincia de Santa Fe Artículo 57 Ley de asignaciones familiares
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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