< Honorarios profesionales de abogados y procuradores

Honorarios profesionales de abogados y procuradores Artículo 5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Honorarios profesionales de abogados y procuradores Ciudad de Buenos Aires
Artículo 5.

Toda renuncia anticipada de honorarios, pacto o convenio que genere competencia desleal o precio vil, será nulo de nulidad absoluta, excepto cuando se pactare con ascendientes y descendientes en línea recta, cónyuge o hermanos del profesional. El profesional que hubiere renunciado anticipadamente a sus honorarios o pactado honorarios que generen competencia desleal o por precio vil, siempre que así lo determine una resolución firme no apelada o confirmada judicialmente de la autoridad de defensa de la competencia o sentencia judicial firme según sea el caso, será considerado incurso en falta de ética y será pasible de suspensión en la matrícula de seis meses a un año. La mencionada resolución o sentencia judicial deberá ser notificada al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. En caso que hubiere reclamado el pago u honorarios superiores a los pactados, según fuere el caso, la sanción podrá elevarse al doble del tiempo según lo disponga el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y/o el sistema sancionatorio de la Ley Nacional N° 10.996 y sus modificatorias para el caso de los Procuradores. Es facultativo de los letrados y sus clientes presentar los convenios en el expediente judicial, sin perjuicio de su validez entre ellos. Aquella parte y/o letrado que pretenda que el magistrado regule los honorarios del modo pactado en el convenio, deberá presentarlo en los actuados, y se aplicará siempre que el convenio o pacto no genere competencia desleal y/o estipule un precio vil, de conformidad con lo prescripto en el segundo párrafo del presente artículo. En cualquier otro supuesto y en caso de duda sobre la legalidad del instrumento, sus firmas, su contenido o en caso de simple ausencia del instrumento, el juez no podrá apartarse de los parámetros establecidos en esta ley.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 5 Honorarios profesionales de abogados y procuradores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...63
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


Email: sahoneroorlando@gmail.com

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.





En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


Email: sahoneroorlando@gmail.com

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.





Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).


Email: sahoneroorlando@gmail.com

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.





Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


Email: sahoneroorlando@gmail.com

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.





Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse