Estatuto para el personal del Poder Legislativo Artículo 79 Provincia de Santa Fe
Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe
Artículo 79.
La convocatoria a reunión de la Comisión se efectuará en todos los casos a requerimiento de cualquiera de las partes, con sólo hacérselo saber a la otra por medio fehaciente y con cuarenta y ocho ( 48 ) horas de antelación, expresando su voluntad de reunirse con motivos fundados.
Provincia de Santa Fe Artículo 79 Estatuto para el personal del Poder Legislativo
Mejores juristas
Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented
Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn
Y movimiento en letra? Gracias
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
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