Estatuto para el personal del Poder Legislativo Artículo 68 Provincia de Santa Fe
Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe
Artículo 68.
Dentro de los cinco días siguientes previstos en el último párrafo del artículo anterior, el instructor sumariante declarará cerrado el sumario y producirá su dictámen, dentro de los cinco días, en el que aconsejará la resolución a adoptar. El sumariado tomará vista por cinco días, a efectos de la presentación de su alegato.
Provincia de Santa Fe Artículo 68 Estatuto para el personal del Poder Legislativo
Mejores juristas
Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented
Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn
Y movimiento en letra? Gracias
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
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