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De promoción económica Artículo 24 Provincia de La Pampa


De promoción económica La Pampa
Artículo 24.

Los proyectos productivos comprendidos en este TÍTULO deberán cumplir con todos los requisitos que se establecen por la presente Ley y su reglamentación. Los mismos serán aprobados por el Departamento Ejecutivo de cada localidad, y en cada proceso evaluatorio previo deberá intervenir -además de las oficinas técnicas que defina cada jurisdicción-, un "CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL" cuyo número de integrantes y representantes será determinado por cada jurisdicción, debiendo ser presidido por el Intendente o Presidente de la Comisión de Fomento -según corresponda, y en el que deberá tener representatividad -como mínimo- el Concejo Deliberante o Vocales, según corresponda -respetando la representación proporcional del Cuerpo-, las entidades cooperativas y las fuerzas vivas de la localidad. Tendrá carácter consultivo no vinculante, y coadyuvará en el seguimiento de la concreción de cada proyecto productivo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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